Tarjeta de Residencia No Lucrativa

La Tarjeta de Residencia No Lucrativa es una autorización que permite a ciudadanos extranjeros residir en España sin realizar actividades laborales o profesionales. Es una opción ideal para aquellos que cuentan con recursos económicos suficientes y desean vivir en el país de forma prolongada.

Requisitos para solicitar la Tarjeta de Residencia No Lucrativa:
El solicitante debe cumplir con los siguientes requisitos:

  1. No ser ciudadano de la UE, EEE o Suiza: No estar incluido en el régimen de ciudadanos de la Unión.
  2. Recursos económicos suficientes: Demostrar ingresos o medios financieros suficientes para cubrir los gastos del solicitante y de su familia. Se requiere un mínimo equivalente al 400% del IPREM para el solicitante principal, y un 100% adicional por cada miembro de la familia.
  3. Seguro médico: Contar con un seguro médico público o privado que proporcione cobertura completa en España durante el período de residencia.
  4. Carecer de antecedentes penales: No tener antecedentes en España ni en los países de residencia anteriores durante los últimos cinco años.
  5. No encontrarse irregularmente en España: La solicitud debe realizarse desde el país de origen o residencia legal.
  6. Certificado médico: Acreditar mediante un certificado que no se padece ninguna enfermedad que pueda tener repercusiones graves para la salud pública según el Reglamento Sanitario Internacional.


Documentación necesaria:
Los documentos requeridos para la solicitud incluyen:

  • Formulario de solicitud (EX-01): Cumplimentado y firmado por el solicitante.
  • Pasaporte válido y en vigor: Copia completa de todas las páginas.
  • Certificado de antecedentes penales: Emitido por las autoridades del país de origen o residencia en los últimos cinco años.
  • Seguro médico: Póliza de seguro de salud con cobertura completa en España y justificantes de pago.
  • Comprobantes de recursos económicos: Extractos bancarios, certificados de pensiones, inversiones, propiedades u otras pruebas de solvencia económica.
  • Certificado médico: Confirmación de que no se padecen enfermedades de riesgo para la salud pública.
  • Tasa administrativa (modelo 790, código 052): Justificante de pago.


Procedimiento de solicitud:
El proceso de solicitud incluye los siguientes pasos:

  1. Presentación de la solicitud: La solicitud debe presentarse en el consulado español correspondiente al lugar de residencia del solicitante.
  2. Resolución: El plazo máximo de resolución es de tres meses. Si no hay respuesta en este tiempo, se entiende desestimada por silencio administrativo.
  3. Obtención del visado: Una vez concedida la autorización, el solicitante debe recoger el visado en el consulado y entrar en España durante los tres meses de vigencia del visado.
  4. Toma de huellas y TIE: Después de entrar en España, el solicitante tiene un mes para acudir a la Oficina de Extranjería y solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE).


Duración y renovación:

  • Duración inicial: La autorización inicial tiene una validez de un año.
  • Renovación: Se renueva por períodos sucesivos de dos años, acreditando el cumplimiento de los requisitos económicos, de seguro médico y de residencia efectiva en España.


Consideraciones adicionales:

  • Prohibición de trabajar: Esta tarjeta no permite realizar actividades laborales ni profesionales en España.
  • Familiares: Se pueden incluir familiares a cargo en la solicitud, siempre que se cumplan los requisitos económicos necesarios para todos los miembros.
  • Residencia efectiva: Las ausencias de España no deben superar los seis meses en un año para conservar el derecho a la renovación.


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