La Tarjeta de Residencia de Familiar de Ciudadano de la Unión Europea es un documento que permite a los familiares no comunitarios de ciudadanos de la UE, del Espacio Económico Europeo (EEE) o de Suiza residir y trabajar legalmente en España por un período superior a tres meses.
¿Quiénes pueden solicitar esta tarjeta?
Los familiares que pueden beneficiarse de esta tarjeta incluyen:
Cónyuge: Siempre que no haya recaído el acuerdo o la declaración de nulidad del vínculo matrimonial o divorcio.
Pareja registrada: Con unión análoga a la conyugal, inscrita en un registro público establecido en un Estado miembro de la UE o del EEE, y siempre que no se haya cancelado dicha inscripción.
Descendientes directos: Hijos del ciudadano de la UE o de su cónyuge o pareja registrada, menores de 21 años, mayores de dicha edad que vivan a su cargo, o incapacitados.
Ascendientes directos: Padres del ciudadano de la UE o de su cónyuge o pareja registrada que vivan a su cargo.
Otros familiares: Aquellos que en el país de procedencia estén a cargo o convivan con el ciudadano de la UE, o que por motivos graves de salud o discapacidad sea estrictamente necesario que el ciudadano de la UE se haga cargo de su cuidado personal.
Requisitos para la solicitud:
Acompañar o reunirse con el ciudadano de la UE: El familiar debe acompañar o reunirse en España con el ciudadano comunitario que ejerce su derecho de residencia.
Medios económicos y seguro de enfermedad: El ciudadano de la UE debe cumplir con alguna de las siguientes condiciones:
Ser trabajador por cuenta ajena o propia en España.
Disponer de recursos económicos suficientes para sí y para los miembros de su familia, y contar con un seguro de enfermedad que proporcione cobertura completa en España.
Ser estudiante matriculado en un centro público o privado reconocido, contar con seguro de enfermedad y disponer de recursos económicos suficientes.
Documentación necesaria:
Formulario de solicitud (EX-19): Debidamente cumplimentado y firmado por el solicitante y el ciudadano de la UE.
Pasaporte válido y en vigor del solicitante.
Documentación acreditativa del vínculo familiar: Como certificado de matrimonio, registro de pareja de hecho, certificados de nacimiento, etc.
DNI o certificado de registro del ciudadano de la UE.
Tres fotografías recientes en color, con fondo blanco, tamaño carné.
Documentación que acredite la situación del ciudadano de la UE: Contrato de trabajo, matrícula en centro educativo, seguro de enfermedad, justificantes de recursos económicos, etc.
Procedimiento de solicitud:
Presentación de la solicitud: El familiar debe presentar la solicitud personalmente en la Oficina de Extranjería de la provincia donde residirá, dentro de los tres meses siguientes a su entrada en España.
Resolución: La administración dispone de un plazo de tres meses para resolver la solicitud.
Expedición de la tarjeta: Una vez concedida, se expedirá la tarjeta de residencia con una validez de cinco años.
Consideraciones adicionales:
Derecho al trabajo: Los titulares de esta tarjeta pueden trabajar en España en las mismas condiciones que los ciudadanos españoles.
Renovación: Antes de su vencimiento, se debe solicitar la renovación de la tarjeta, acreditando el mantenimiento de las condiciones que dieron lugar a su concesión.
Pérdida del derecho: El derecho a la residencia puede perderse por ausencias del territorio español superiores a seis meses en un año, salvo en casos justificados.
En Olympo Extranjería, contamos con un equipo de profesionales especializados en trámites de extranjería que te acompañarán durante todo el proceso de solicitud de la Tarjeta de Residencia de Familiar de Ciudadano de la Unión Europea, asegurando una gestión eficiente y personalizada.