La Tarjeta Comunitaria Permanente es una autorización de residencia de larga duración que permite a los familiares no comunitarios de ciudadanos de la Unión Europea (UE), del Espacio Económico Europeo (EEE) o de Suiza residir en España de forma indefinida, manteniendo sus derechos como residentes.
Requisitos para solicitar la Tarjeta Comunitaria Permanente:
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Residencia previa con tarjeta comunitaria temporal:
- Haber residido de manera continuada en España durante cinco años con una Tarjeta de Residencia de Familiar de Ciudadano de la Unión.
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Mantenimiento del vínculo familiar:
- Continuar siendo familiar directo del ciudadano comunitario que da derecho a esta tarjeta (cónyuge, pareja registrada, descendientes o ascendientes dependientes).
- En caso de cónyuge o pareja registrada, que no haya habido separación legal o cancelación de la inscripción como pareja de hecho.
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Recursos económicos y seguro médico del ciudadano comunitario:
- El ciudadano comunitario debe continuar cumpliendo con los requisitos de residencia: trabajar, estudiar, disponer de recursos suficientes y contar con seguro médico público o privado.
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Ausencias no prolongadas:
- Las ausencias del territorio español no deben superar los 10 meses en total durante los cinco años, salvo circunstancias excepcionales justificadas.
Documentación necesaria:
- Formulario de solicitud (EX-19): Cumplimentado y firmado.
- Pasaporte válido y en vigor: Del solicitante y del ciudadano comunitario.
- Tarjeta comunitaria temporal: Original y copia.
- Certificado de empadronamiento: Actualizado para acreditar la convivencia o residencia.
- Documentación del ciudadano comunitario: Como su DNI o certificado de registro como ciudadano de la Unión.
- Acreditación del vínculo familiar: Certificados de matrimonio, nacimiento u otros documentos que demuestren el parentesco vigente.
- Seguro de salud: Del ciudadano comunitario, público o privado con cobertura en España.
- Recursos económicos: Pruebas de ingresos suficientes, como nóminas, extractos bancarios o declaración de impuestos.
Procedimiento de solicitud:
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Presentación de la solicitud:
- La solicitud debe presentarse en la Oficina de Extranjería de la provincia de residencia.
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Resolución:
- El plazo máximo de resolución es de tres meses desde la presentación de la solicitud. Si no hay respuesta en este tiempo, se entiende desestimada por silencio administrativo.
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Expedición de la tarjeta:
- Una vez aprobada la solicitud, el solicitante deberá acudir a recoger la tarjeta en la Oficina de Extranjería correspondiente.
Características y beneficios de la Tarjeta Comunitaria Permanente:
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Duración:
La tarjeta tiene una validez inicial de 10 años y se renueva automáticamente por otros 10 años al vencimiento. -
Derecho a trabajar:
Permite trabajar en España por cuenta ajena o propia sin necesidad de autorizaciones adicionales. -
Residencia en igualdad de condiciones:
Otorga al titular derechos similares a los de los ciudadanos españoles en materia de trabajo, educación, salud y prestaciones sociales. -
Mantenimiento de derechos:
En caso de fallecimiento del ciudadano comunitario o divorcio, el familiar puede mantener el derecho a la tarjeta si cumple con ciertos requisitos.
