Solicitud Jura de Nacionalidad

La Solicitud de Jura o Promesa de Nacionalidad Española es el último paso en el proceso de obtención de la nacionalidad española. Consiste en declarar fidelidad a la Constitución Española y renunciar, si corresponde, a la nacionalidad anterior. Este acto formal se realiza en el Registro Civil correspondiente y es obligatorio para completar la adquisición de la ciudadanía.

¿Cuándo se debe realizar la jura de nacionalidad?

  1. Una vez que se haya recibido la notificación favorable de concesión de la nacionalidad por parte del Ministerio de Justicia.
  2. Dentro del plazo de 180 días (6 meses) desde la fecha de notificación de la resolución favorable.


Requisitos para realizar la jura de nacionalidad:

  1. Tener la resolución favorable de concesión de la nacionalidad.
  2. Estar inscrito en el Registro Civil correspondiente al lugar de residencia.
  3. Cumplir con las obligaciones legales, como la renuncia a la nacionalidad anterior si es requerida (excepto en los casos de doble nacionalidad permitida).


Documentación necesaria:

  • Resolución de concesión de nacionalidad: Copia de la notificación oficial emitida por el Ministerio de Justicia.
  • Documento de identidad: Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) y pasaporte en vigor.
  • Certificado de empadronamiento: Actualizado y emitido por el ayuntamiento del lugar de residencia.
  • Formulario de solicitud: Si el Registro Civil lo requiere, se debe cumplimentar un formulario específico.


Procedimiento para la jura de nacionalidad:

  1. Solicitud de cita previa: Gestionar una cita en el Registro Civil correspondiente al domicilio del solicitante para realizar la jura o promesa.
  2. Presentación de la documentación: Acudir al Registro Civil con los documentos requeridos y la resolución de nacionalidad.
  3. Realización de la jura o promesa: Durante este acto, el solicitante debe:
    • Declarar fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución Española y las leyes.
    • Renunciar a la nacionalidad anterior, salvo en los casos de doble nacionalidad permitida (países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal).
  4. Inscripción en el Registro Civil: Una vez realizada la jura, se procede a la inscripción de la nacionalidad española en el Registro Civil.


Consideraciones adicionales:

  1. Plazo para completar la inscripción: El Registro Civil puede tardar algunas semanas en realizar la inscripción y emitir la certificación de nacionalidad.
  2. Obtención del DNI y pasaporte español: Tras completar la inscripción, el nuevo ciudadano español puede solicitar su Documento Nacional de Identidad (DNI) y pasaporte en una comisaría de policía.
  3. Renuncia a la nacionalidad anterior: En los casos en que se requiere, la renuncia debe formalizarse en el acto de la jura.


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