Solicitud Fe de Vida y Estado

La Solicitud de Fe de Vida y Estado es un trámite realizado en el Registro Civil que permite acreditar oficialmente que una persona está viva en un momento determinado y, en su caso, su estado civil (soltero/a, casado/a, divorciado/a o viudo/a). Este certificado es comúnmente solicitado para trámites legales, de pensiones o herencias.

¿Cuándo se necesita una Fe de Vida y Estado?

  1. Para acreditar que una persona está viva en procedimientos legales o administrativos.
  2. Para trámites relacionados con pensiones o prestaciones, especialmente en caso de residentes en el extranjero.
  3. En procesos de herencia, cuando es necesario demostrar la existencia o el estado civil del solicitante.
  4. En otros trámites como matrimonios civiles, gestiones bancarias o solicitud de nacionalidad.
 
Requisitos para la solicitud:

  1. El solicitante debe ser la persona interesada, salvo en casos excepcionales en los que un representante legal pueda gestionar el trámite.
  2. La persona debe acudir personalmente al Registro Civil, salvo situaciones justificadas como impedimentos físicos, en cuyo caso puede gestionarse mediante un representante.

 

Documentación necesaria:

  • Documento de identidad: DNI, NIE o pasaporte en vigor del solicitante.
  • Formulario de solicitud: Cumplimentado y firmado. Este documento se obtiene en el Registro Civil correspondiente.
  • Justificante de representación legal (si aplica): En caso de que un tercero gestione el trámite, debe presentar un poder notarial o documento que lo autorice.
  • Documentación adicional (si aplica): En casos de personas con movilidad reducida o impedimentos, puede requerirse un certificado médico u otra documentación justificativa.
 

Procedimiento para la solicitud:

  1. Acudir al Registro Civil:
    • Presentar la solicitud en el Registro Civil correspondiente al lugar de residencia del solicitante.
  2. Identificación personal:
    • El solicitante debe identificarse personalmente ante el funcionario del Registro Civil, quien comprobará la presencia física y los datos del solicitante.
  3. Verificación del estado civil:
    • En caso de que también se acredite el estado civil, se comprobará la información en las bases de datos del Registro Civil o mediante certificados previos aportados por el solicitante.
  4. Emisión del certificado:
    • Una vez verificada la información, se emite la Fe de Vida y Estado, que puede ser retirada el mismo día o en un plazo breve, dependiendo del volumen de trabajo del Registro Civil.
 

Características de la Fe de Vida y Estado:

  1. Validez:
    • La validez del documento depende del trámite para el cual se solicite. En algunos casos, puede ser necesario obtener un certificado actualizado.
  2. Uso en el extranjero:
    • Si el documento se requiere para su uso en otro país, deberá ser legalizado o apostillado y, si es necesario, traducido oficialmente.
  3. Solicitud para residentes en el extranjero:
    • Los residentes fuera de España pueden realizar la solicitud en el consulado español correspondiente.
 

Consideraciones adicionales:

  1. Certificación para menores o incapaces:
    • En estos casos, los representantes legales o tutores pueden solicitar el documento, presentando la documentación que acredite su relación con el interesado.
  2. Personas impedidas para acudir personalmente:
    • Un funcionario puede desplazarse al domicilio o lugar de estancia del solicitante para verificar la Fe de Vida, previa justificación del impedimento.
 

En Olympo Extranjería, ofrecemos un servicio completo para la gestión de la Fe de Vida y Estado, asegurando un trámite ágil y cumpliendo con todos los requisitos legales y administrativos.