El arraigo familiar es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que permite a ciudadanos extranjeros regularizar su situación en España al acreditar vínculos familiares directos con ciudadanos españoles.
Requisitos para solicitar el arraigo familiar:
- No ser ciudadano de la Unión Europea: - No ser ciudadano de un Estado de la UE, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, ni familiar de ciudadanos de estos países a quienes se aplique el régimen comunitario.
 
- Carecer de antecedentes penales: - No tener antecedentes penales en España ni en los países de residencia anteriores durante los últimos cinco años por delitos existentes en el ordenamiento español.
 
- No tener prohibida la entrada en España: - No estar prohibida la entrada en España ni figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
 
- Vínculo familiar con ciudadano español: - Ser padre o madre de un menor de nacionalidad española y tener a cargo al menor, convivir con él o estar al corriente de las obligaciones paternofiliales.
- Ser hijo de padre o madre que hubieran sido originariamente españoles.
 
Documentación necesaria:
- Pasaporte completo y en vigor.
- Certificado de antecedentes penales de los países de residencia en los últimos cinco años.
- Certificado de nacimiento del menor de nacionalidad española que acredite el vínculo familiar, o documentación que acredite que el solicitante es hijo de padre o madre originariamente españoles.
- Documentación acreditativa de la discapacidad del ciudadano español, en su caso, y de la convivencia con el solicitante.
Procedimiento de solicitud:
- Preparación de la documentación: - Reunir todos los documentos requeridos.
 
- Presentación de la solicitud: - Presentar la solicitud en la Oficina de Extranjería de la provincia de residencia.
 
- Resolución: - El plazo máximo de resolución es de tres meses desde la fecha de presentación. Si no hay respuesta en este tiempo, se entiende desestimada por silencio administrativo.
 
- Obtención de la tarjeta de identidad de extranjero (TIE): - Una vez concedida la autorización, solicitar la TIE en la Comisaría de Policía correspondiente.
 
Consideraciones adicionales:
- Duración de la autorización: La autorización de residencia por arraigo familiar tiene una duración inicial de cinco años.
- Renovación: Antes de su vencimiento, se debe solicitar la renovación de la autorización, acreditando el mantenimiento de las circunstancias que dieron lugar a su concesión.
En Olympo Extranjería, contamos con un equipo de profesionales especializados en trámites de extranjería que te acompañarán durante todo el proceso de solicitud del arraigo familiar, asegurando una gestión eficiente y personalizada.
